La Comisión Europea amplía los criterios para otorgar la Ecoetiqueta a ordenadores, muebles y calzado.

La CE amplía los criterios para obtener la ecoetiqueta Europa a determinados productos
Los ordenadores deberán ser más fácilmente reciclables para obtener la Ecoetiqueta Europea. Foto: RESIDUOS PROFESIONAL

La Comisión Europea ha adoptado una nueva batería de criterios ecológicos bajo el esquema Ecoetiqueta Europea (European Ecolabel) para ordenadores (personales, portátiles y tabletas), muebles y calzado. A partir de ahora, aquellos fabricantes que quieran beneficiarse de la Ecoetiqueta Europea deberán cumplir estrictos criterios que se centran en el rendimiento medioambiental del producto, pero también en sus aspectos sociales y de seguridad.

“La Ecoetiqueta promueve la transición hacia la economía circular, al apoyar tanto la producción como la gestión sostenibles. Gracias a criterios ecológicos transparentes, los consumidores pueden hacer elecciones conscientes, sin comprometer la calidad de los productos”, ha declarado el comisario para el Medio Ambiente, Asuntos Marítimos y Pesca, Karmenu Vella. “De la misma forma –añadió–, la Ecoetiqueta premia a aquellos fabricantes que eligen diseñar productos que son durables y reparables, que promueven la innovación y el ahorro de recursos”.

Para entrar en el esquema de la Ecoetiqueta, los fabricantes de ordenadores deberán tener en cuenta la eficiencia energética, la actualización del dispositivo y la facilidad para desmontar, recuperar y reciclar los recursos del dispositivo.

En el caso del mobiliario, los nuevos criterios exigen a los fabricantes realizar evaluaciones del ciclo de vida del producto más completas, poniendo especial atención a los componentes peligrosos y residuos que podrían contribuir a la contaminación del aire en interiores.

En cuanto al calzado, y siguiendo las disposiciones internacionales de estándares de trabajo, se ha puesto especial atención en mejorar los aspectos de responsabilidad social corporativa en relación con las condiciones de los trabajadores que regirán en el lugar final donde se monte el calzado. La revisión de estos criterios es válida por seis años desde la fecha de su adopción.

Fuente:
Ihobe

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