Bruselas amenaza con llevar ante ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a Bulgaria, Chequia, España, Chipre, Luxemburgo, Polonia y Rumanía por no haber haber incorporado aún las modificaciones de la Directiva RAEE a sus ordenamientos jurídicos.

Residuos electrónicos
Residuos electrónicos. Foto: RESIDUOS PROFESIONAL

La Comisión Europea ha enviado un dictamen motivado a Bulgaria, Chequia, España, Chipre, Luxemburgo, Polonia y Rumanía por no haber notificado la transposición completa a sus respectivas legislaciones nacionales de la modificación de la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

La Directiva 2012/19/UE, modificada por la Directiva 2024/884/UE, establece el marco europeo para la gestión de los RAEE y tiene entre sus objetivos prevenir su generación, fomentar la reutilización, el reciclado y la valorización de estos residuos, así como mejorar la eficiencia en el uso de los recursos.

Los Estados miembros tenían hasta el 9 de octubre de 2025 para incorporar las modificaciones de la normativa europea a sus respectivos ordenamientos jurídicos. Sin embargo, según la Comisión, los siete países señalados todavía no han comunicado las medidas necesarias para completar dicha transposición.

Cambios relacionados con los paneles fotovoltaicos

La modificación de la Directiva responde, en particular, a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 25 de enero de 2022, que hizo necesario revisar las disposiciones relativas a la responsabilidad por los costes de gestión de los residuos procedentes de paneles fotovoltaicos.

La normativa modificada establece que dichos costes deben ser asumidos por los productores en todos los Estados miembros, también en relación con determinados productos que fueron introducidos en el mercado antes de la entrada en vigor de la Directiva 2012/19/UE.

Al mismo tiempo, la modificación introduce precisiones destinadas a reforzar la seguridad jurídica sobre el ámbito temporal de aplicación de la normativa. En concreto, la Directiva 2012/19/UE no se aplica a los paneles fotovoltaicos comercializados entre el 13 de agosto de 2005 y el 13 de agosto de 2012, ni a los aparatos eléctricos y electrónicos incluidos en el ámbito de aplicación abierto que fueron introducidos en el mercado entre el 13 de agosto de 2005 y el 15 de agosto de 2018.

Según la Comisión, la plena incorporación de estas modificaciones a las legislaciones nacionales resulta necesaria para garantizar la seguridad jurídica y determinar con claridad quién debe asumir determinados costes asociados a la gestión y eliminación de los residuos. La transposición también debe permitir armonizar las normas nacionales con la interpretación establecida por el TJUE.

Segundo paso del procedimiento de infracción

La Comisión ya había enviado cartas de emplazamiento a los siete Estados miembros en noviembre de 2025, como primer paso del procedimiento de infracción. Al no haber recibido notificación de una transposición completa, ha decidido avanzar ahora con el envío de los dictámenes motivados.

A partir de su recepción, Bulgaria, Chequia, España, Chipre, Luxemburgo, Polonia y Rumanía disponen de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias para completar la transposición. Si no lo hacen dentro de ese plazo, la Comisión Europea podría decidir llevar los respectivos asuntos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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