Recuerdan que la norma estatal sobre fertilizantes solo permite el uso en agricultura de compost generado a partir de residuos recogidos de forma separada y solicitan al Defensor del Pueblo que interponga un recurso de inconstitucionalidad.

material bioestabilizado
Material bioestabilizado producido en una planta de tratamiento mecánico-biológico (TMB). Foto: RESIDUOS PROFESIONAL

Ecologistas en Acción ha solicitado al Defensor del Pueblo que presente un recurso de inconstitucionalidad a la modificación de la ley valenciana de residuos que permite que el material bioestabilizado, procedente del compostaje de la fracción orgánica mezclada de los residuos domésticos en las plantas de tratamiento mecánico-biológico (TMB), se utilice en agricultura, lo cual contraviene la normativa estatal sobre fertilizantes, que es la norma básica de cumplimiento obligatorio en todas las comunidades autónomas.

La Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunitat Valenciana, se ha modificado mediante la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat Valenciana de 2018 (Ley 21/2017), a través de una Disposición Adicional que regula el uso del material bioestabilizado y permite utilizarlo en la agricultura.

El material bioestabilizado es el resultado de la operación de tratamiento biológico de los residuos biodegradables (aerobia y con una fase termófila) cuando estos residuos proceden de la bolsa doméstica mezclada (“todo en uno”) y no ha sido recogida de forma separada. Por tanto, se diferencia claramente del compost, ya que la normativa exige que para elaborar compost se utilicen residuos de la fracción orgánica recogida selectivamente. La razón esencial es que los residuos orgánicos mezclados con otros desechos se contaminan (con metales pesados e impropios) y la calidad del “compost” se ve perjudicada.

Los ecologistas denuncian que este uso agrícola podría considerarse un vertido ilegal y un falseamiento de las estadísticas de reciclaje

Según explica Ecologistas en Acción en un comunicado, “en 2016 se generaron en la Comunitat Valenciana 260.000 toneladas de material bioestabilizado en las 13 plantas TMB, que procedieron de la fracción orgánica compostada de algo más de dos millones de toneladas de residuos domésticos mezclados”. Los usos permitidos para este material son la restauración hidrologicoforestal, ubrimiento de vertederos, relleno de taludes, etc., “aunque mayoritariamente se depositan en los vertederos anexos a las plantas TMB”, añade la organización.

La normativa estatal sobre fertilizantes (RD 506/2013), que es una normativa básica y aplicable a todo el Estado español, exige que el auténtico compost que se utiliza como enmienda orgánica en agricultura provenga de la fracción orgánica de los residuos domésticos recogidos de forma separada. Pero “muy pocos municipios tienen implantada la recogida selectiva de la materia orgánica” en la Comunitat Valenciana, lamenta el grupo ecologista, si bien reconoce que más de un centenar han comenzado su implantación progresiva mediante diferentes modelos (recogida puerta a puerta, quinto contenedor abierto o restringido, compostaje comunitario y doméstico). No obstante, “la mayor parte de los Planes Zonales de Residuos contemplaba su implantación en 2008-2010.

Retrasar la recogida selectiva de biorresiduos

Ecologistas en Acción denuncia que “la autorización del uso del material bioestabilizado en la agricultura tendrá impactos negativos, como la contaminación de tierras de cultivo por metales pesados e impropios (vidrio, plásticos, textiles…) e incluso se podría considerar como un vertido ilegal, además de un falseamiento de las estadísticas sobre residuos, ya que computaría como un residuo reciclado”. Asimismo, “se ocasionaría un perjuicio al mercado del verdadero compost y a sus productores, porque su valor es mucho menor y se autoriza el uso de un fertilizante no inscrito en el Registro de Fertilizantes”. Por no hablar del ejemplo para el resto de comunidades autónomas, “que podrían seguir el camino erróneo del País valenciano”.

Pero sobre todo, “ese uso agrario no permitido retardaría ‘de facto’ la obligación de la necesaria implantación de la recogida selectiva de la fracción orgánica de los residuos domésticos”, ya que “incentiva la permanencia de la actual generación de material bioestabilizado”.

Por todo ello, Ecologistes en Acció del País Valencià se ha dirigido al Defensor del Pueblo para solicitar su mediación y que proceda a interponer un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Igualmente, trasladará la solicitud a la Abogacía del Estado en Valencia, así como a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados.

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