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En respuesta a una demanda interpuesta por Ecologistas en Acción, la Comisión Europea reconoce que ya hay abierta una investigación por el vertido de residuos sin tratamiento previo.

La CE investiga a España por el vertido de residuos sin tratar

En 2017, último año con datos oficiales, según el Ministerio para la Transición Ecológica se depositaron en los vertederos españoles 3,7 millones de toneladas de residuos domésticos sin ningún tipo de tratamiento previo, el total, el 16,8 % del total, incumpliéndose así la Directiva 1999/31/CE sobre vertido de residuos, que establece que ningún residuo se puede depositar en un vertedero sin recibir un tratamiento previo. Es decir, clasificación, triaje o valorización (mediante compostaje, biodigestión, reciclaje o incineración con recuperación de energía).

Las informaciones de los planes autonómicos de residuos en tramitación en estos últimos años corroborarían ese dato, siendo las Comunidades Autónomas más incumplidoras Asturias (vertido directo del 73% de sus residuos), Aragón (40%), Madrid (40%), Navarra (32%), Galicia (19%) y País Vasco (18%), todas ellas por encima de la media estatal.

A finales de marzo de 2020, Ecologistas en Acción presentó una denuncia ante la Comisión Europea por lo que está ocurriendo en varias comunidades autónomas y que son hechos semejantes a los que en 2014 causaron la condena del Tribunal Europeo contra Italia por el denominado caso de Malagrotta. La organización ecologista asegura que la Comisión le contestó «de forma sorprendentemente rápida», reconociendo los indicios existentes y afirmando que ya hay abierta una investigación de oficio con la referencia EU-PILOT 2018/9328, y que por tanto procedía a archivar la denuncia.

En su respuesta, la CE afirma que «ha iniciado una investigación de oficio (ref. EU-PILOT 2018/9328) en la que invita a España a adoptar urgentemente las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la sentencia Malagrotta en todo su territorio y en todos los vertederos. Tales medidas también deben abordar el tratamiento de residuos peligrosos y, cuando sea técnicamente posible, de residuos inertes antes de su depósito en vertederos».

El ejecutivo comunitario admite también que «en el caso español, los servicios de la Comisión concluyeron que había elementos que apuntaban a que España podría estar incumpliendo el requisito establecido en la Directiva 1999/31/CE de tratar los residuos antes de su depósito en vertedero. Los servicios de la Comisión también consideraron que existían razones para pensar que España no ha adoptado las medidas apropiadas para garantizar la existencia de una red integrada y adecuada de instalaciones de tratamiento de residuos que tenga en cuenta las mejores técnicas disponibles».

Ecologistas en Acción confía en que «esta investigación de oficio iniciada en 2018 finalice pronto y que sirva para que se proceda a poner fin a esas prácticas ilegales. Todos los residuos generados han de recibir un adecuado tratamiento y solo se deberían depositar en vertedero los residuos no reciclables y en ningún caso residuos biodegradables o no estabilizados previamente».

El caso Malagrotta

El Tribunal Europeo de Justicia condenó en 2014 a la República Italiana en el caso Malagrotta, por depositar residuos urbanos de las provincias de Roma y Latina (capital de la región de Lazio) en vertederos sin recibir antes ningún tratamiento previo, sin que como mínimo clasifique la basura en diferentes fracciones y estabilice la fracción orgánica.

Asimismo, la sentencia vino por carecer en Lazio de una red integrada de instalaciones de tratamiento de residuos con las mejores tecnologías disponibles. Uno de esos vertederos estaba situado en Malagrotta, el mayor vertedero de Europa, con 240 hectáreas de superficie, que recoge los desechos de la ciudad de Roma y de su provincia; de ahí el nombre de la sentencia.

Fuente:
Ecologistas en Acción

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