Gemma Modolell i Boira.
Abogada.
TERRAQUI. Derecho Ambiental.
La Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA) ha publicado un estudio, titulado Waste prevention in Europe – the status in 2013, sobre la situación de la prevención de los residuos.
Este estudio se realiza como respuesta a la petición que se incluye en la Directiva Marco de Residuos que invita a la EEA a que incluya en su informe anual una revisión de los progresos en la realización y aplicación de los programas de prevención de residuos.
La finalidad de los objetivos y medidas de prevención es romper el vínculo entre el crecimiento económico y los impactos medioambientales asociados a la generación de residuos.
El artículo 29 de la Directiva establece que antes del 12 de diciembre de 2013 los Estados miembros debían aprobar programas de prevención de residuos. En estos programas de prevención los Estados miembros deben describir las medidas de prevención existentes y evaluarán la utilidad de los ejemplos de medidas que se indican en el anexo IV de la Directiva u otras medidas adecuadas. La finalidad de dichos objetivos y medidas sería romper el vínculo entre el crecimiento económico y los impactos medioambientales asociados a la generación de residuos. Asimismo, los Estados miembros deben determinar puntos de referencia cualitativos o cuantitativos específicos adecuados para las medidas de prevención de residuos adoptadas, con el fin de controlar y evaluar los avances en la aplicación de las medidas, y pueden determinar objetivos e indicadores cualitativos o cuantitativos concretos.
Las medidas propuestas en el anexo IV de la Directiva son las siguientes:
- Medidas que pueden afectar a las condiciones marco de la generación de residuos:
- La aplicación de medidas de planificación u otros instrumentos económicos que fomenten una utilización eficiente de los recursos.
- La promoción de la investigación y el desarrollo destinados a obtener tecnologías y productos más limpios y con menos residuos, así como la difusión y utilización de los resultados de estos trabajos de investigación y desarrollo.
- La elaboración de indicadores significativos y efectivos de las presiones medioambientales relacionadas con la generación de residuos con miras a contribuir a la prevención de la generación de residuos a todos los niveles, desde las comparaciones de productos a escala comunitaria hasta las intervenciones por parte de las autoridades locales o medidas de carácter nacional.
- Medidas que pueden afectar a la fase de diseño, producción y distribución:
- La promoción del ecodiseño (la integración sistemática de los aspectos medioambientales en el diseño del producto con el fin de mejorar el comportamiento medioambiental del producto a lo largo de todo su ciclo de vida).
- La aportación de información sobre las técnicas de prevención de residuos con miras a facilitar la aplicación de las mejores técnicas disponibles por la industria.
- La organización de la formación de las autoridades competentes en lo que se refiere a la inserción de requisitos de prevención de residuos en las autorizaciones expedidas en virtud de la presente Directiva y de la Directiva 96/61/CE.
- La inclusión de medidas para evitar la producción de residuos en las instalaciones a las que no se aplica la Directiva 96/61/CE. En su caso, estas medidas podrían incluir evaluaciones o planes de prevención de residuos.
- La realización de campañas de sensibilización o la aportación de apoyo de tipo económico, apoyo a la toma de decisiones u otros tipos de apoyo a las empresas. Estas medidas tienen más posibilidades de ser especialmente efectivas cuando están destinadas y adaptadas a pequeñas y medianas empresas, y se aplican a través de redes de empresas ya establecidas.
- El recurso a acuerdos voluntarios, paneles de consumidores/productores o negociaciones sectoriales con objeto de que los sectores comerciales o industriales correspondientes establezcan sus propios planes u objetivos de prevención de residuos, o de que corrijan los productos o embalajes que generen residuos.
- La promoción de sistemas de gestión medioambiental acreditables, incluida las normas EMAS e ISO 14001.
- Medidas que pueden afectar a la fase de consumo y uso:
- Instrumentos económicos, como incentivos a las compras «limpias» o la implantación de un pago obligatorio a cargo de los consumidores por un artículo o elemento determinado de envasado que normalmente se hubiera suministrado gratis.
- Campañas de sensibilización e información dirigidas al público en general o a un grupo concreto de consumidores.
- La promoción de etiquetas ecológicas acreditables.
- Acuerdos con la industria, tales como el recurso a grupos de estudio sobre productos como los constituidos en el marco de las Políticas Integradas de Productos, o acuerdos con los minoristas sobre la disponibilidad de información acerca de la prevención de residuos y de productos con menor impacto medioambiental.
- En relación con las compras del sector público y las empresas, la integración de criterios medioambientales y de prevención de residuos en los concursos y contratos, de acuerdo con el manual sobre la contratación pública con criterios medioambientales publicado por la Comisión el 29 de octubre de 2004.
- La promoción de la reutilización o la reparación de productos desechados adecuados o de sus componentes, especialmente mediante medidas educativas, económicas, logísticas o de otro tipo, como el apoyo a los centros y redes autorizados de reparación y reutilización, o su creación, en especial en las regiones con elevada densidad de población.
Aunque en todos los programas se menciona como finalidad el reto de desvincular el crecimiento económico de la generación de residuos, esta meta no se concreta siempre mediante el establecimiento de objetivos cuantitativos y programas para el control de su cumplimiento.
El estudio que se ha publicado es el primero que realiza la EEA y analiza los programas aprobados hasta finales de 2013. La EEA manifiesta que este proceso de revisión de programas de prevención está en sus inicios y que espera incrementar la intensidad y la complejidad de los estudios en los próximos años, con el objetivo de apoyar el diseño de políticas de prevención, incluyendo objetivos e indicadores, apoyar la cooperación entre los actores implicados a nivel nacional e internacional y, finalmente, dar apoyo a la Comisión Europea tal como fue solicitado en la Directiva marco de residuos.
De acuerdo con el estudio, a finales de 2013, 18 de los 31 Estados estudiados, entre los que se incluyen los Estados miembros de la UE, y además, Islandia, Liechtenstein y Noruega, habían adoptado programas de prevención de residuos.
Entre los programas estudiados existen considerables diferencias respecto al detalle, el ámbito de aplicación por sectores y tipos de residuos, el establecimiento de objetivos y el calendario de aplicación (desde cuatro años a indefinido).
Aunque en todos los programas se menciona como finalidad el reto de desvincular el crecimiento económico de la generación de residuos, esta meta no se concreta siempre mediante el establecimiento de objetivos cuantitativos y programas para el control de su cumplimiento. Solo once de los programas los incluyen, variando, también su tipología desde objetivos generales de producción total de residuos hasta objetivos concretos por sectores o tipología de residuo.
Respecto a las medidas que proponen los programas, el estudio pone de manifiesto que la mayoría se refieren a la elaboración de información, programas de educación y de concienciación.
Hay que recordar que España aprobó su Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, el 13 de diciembre de 2013, y en él se establece como objetivo general una reducción del 10% de la producción de residuos en 2020 respecto a la cifra de generación de 2010.
Tras los cambios en la composición de la Comisión Europea, se eliminó la propuesta contenida en el paquete de Economía Circular, que preveía objetivos obligatorios de prevención para los residuos alimentarios.
Finalmente, hay que subrayar que la prevención es la opción prioritaria en la jerarquía de gestión que establece la Directiva. Además su artículo 9 establece la obligación a la Comisión Europea de proponer antes de finales de 2014 el establecimiento de unos objetivos de prevención de residuos y de desvinculación para 2020. Recordemos que esta propuesta se realizó en julio de 2014 en lo que se conoció como el paquete de Economía Circular, en el que se incluyó una propuesta de modificación de la Directiva que preveía la introducción en su texto de objetivos obligatorios de prevención para los residuos alimentarios. En concreto, se proponía que los Estados miembros elaborasen estrategias nacionales de prevención de los residuos alimentarios y se esforzasen para recortar estos residuos en los sectores de la fabricación, el comercio minorista, la distribución, los servicios de alimentación y la hostelería, así como en los hogares, al menos en un 30% para 2025. Actualmente, y como consecuencia de los cambios acaecidos en la composición de la Comisión Europea, esta propuesta ha sido eliminada del programa de trabajo de la Comisión para 2015, hecho que ha provocado un alud de críticas por parte de grupos ecologistas, sociedad civil, industria y algunos Estados miembros y grupos del Parlamento Europeo.