Alexandra Farbiarz MasAlexandra Farbiarz Mas

Comunicóloga, especializada en Biotecnología y Medio Ambiente
TERRAQUI. Derecho Ambiental

El objetivo principal de la Directiva sobre pilas es contribuir a la protección, conservación y mejora de la calidad del medio ambiente, reduciendo al mínimo el impacto negativo de las pilas y baterías usadas.

El aumento del uso de las pilas y baterías es mucho más elevado ahora que cuando entró en vigor la Directiva2006/66/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores, siendo esta una tendencia que parece que se agudizará en las próximas décadas. Además, la evaluación quiere plantear nuevas aproximaciones en relación a la reutilización, reciclaje y a su recuperación para adecuar la normativa a los objetivos de economía circular de la UE. Esto puede significar también la posibilidad de desarrollar nuevos sistemas de gestión de los residuos de pilas y acumuladores.

El pasado 26 de junio finalizó el plazo de entrega de los Estados Miembros del informe para la evaluación del segundo periodo (27 de septiembre 2012- 26 de septiembre 2015) de la Directiva 2006/66/CE de 6 de septiembre de 2006 relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores y por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE, que formará parte de la hoja de ruta de la evaluación de dicha Directiva que fue iniciada el pasado 16 de agosto de 2016.

Esta evaluación responde a las obligaciones recogidas en el artículo 23 de la Directiva 2006/66/CE y, además, debe servir para determinadas modificaciones que prevé el paquete de Economía Circular. Entre estas modificaciones, por ejemplo, cabe destacar la de la eliminación del requisito de información que, a día de hoy, se realiza cada tres años, que pasaría a ser de carácter anual, sujetándose a los requisitos de información anual de la oficina estadística europea de estadística (Eurostat).

El objetivo principal de la Directiva sobre pilas es contribuir a la protección, conservación y mejora de la calidad del medio ambiente, reduciendo al mínimo el impacto negativo de las pilas y baterías usadas. A su vez, la Directiva también quieres garantizar el buen funcionamiento del mercado interior mediante la armonización de los requisitos relativos al contenido de metales pesados y al etiquetado de pilas y acumuladores.

Para ello, la Directiva establece las disposiciones que cubren todo el ciclo de vida de las baterías (diseño, puesta en el mercado, final de la vida, recogida, tratamiento y reciclado de pilas usadas) y formula diferentes tipos de medidas y acciones para garantizar el cumplimiento de sus objetivos (obligaciones generales, objetivos, condiciones y excepciones específicas, etc.).

Para alcanzar estos objetivos, la Directiva:

  1. establece normas relativas a la puesta en el mercado de pilas y acumuladores y, en particular, la prohibición de las pilas y acumuladores que contengan sustancias peligrosas (por ejemplo, en relación con el mercurio y el cadmio);
  2. establece los requisitos para maximizar la recogida selectiva de residuos de pilas y sus tasas de reciclaje y reducir al mínimo la eliminación de las pilas como residuos municipales mezclados y
  3. busca mejorar el rendimiento ambiental de las pilas y de todos los agentes que intervienen en el ciclo de vida de baterías y acumuladores, por ejemplo, productores, distribuidores, coleccionistas, los recicladores y los usuarios finales.

A los productores de pilas y acumuladores, así como a los productores de otros productos que contengan una pila o acumulador, se les da la responsabilidad de la gestión de los residuos de pilas y acumuladores que pongan en el mercado.

Los objetivos definidos por la Directiva en términos de tasas de recogida y reciclaje (eficiencia) permiten medir el impacto real de su aplicación, más allá del mero cumplimiento de la Directiva.

Sin embargo, existen evidencias que dificultan la implementación y aplicación de la actual normativa. En este sentido, el Informe final de ejecución, del 10 de julio de 2015 de la Directiva 2006/66/CE sobre pilas y acumuladores, correspondiente al primer periodo de evaluación, indicó que existen unos cuantos Estados miembros de la UE que encontraron problemas en relación con los mecanismos de información establecidos en la Directiva y en la pertinente legislación debido a:

  • determinada información no trabaja a nivel nacional (y, en consecuencia, repercute en una falta de presentación de la información);
  • la existencia de mecanismos de registro inadecuados para evaluar el impacto real de la Directiva, medido en términos de tasas de recogida y niveles de reciclaje (eficacia).

Por otro lado, los informes y datos de los Estados miembros indican que algunos de ellos están en riesgo de no alcanzar los objetivos de las tasas de recogida de acumuladores portátiles. Estas deficiencias se encuentran entre uno de los principales problemas que deben evaluarse.

En tercer lugar, la falta de información disponible como resultado de las actividades de vigilancia del mercado podría indicar que no se presta suficiente atención a estos aspectos en el ámbito nacional.

Para ello, esta hoja de ruta para la evaluación de la Directiva sobre 2006/66/CE se propone examinar los siguientes criterios de evaluación:

  • Pertinencia: con ello se quiere evaluar cuáles de las cuestiones que aborda la Directiva persisten, han mejorado, empeorado o cambiado.
    • La información disponible indica que el uso de baterías de hoy en día es más importante que en el momento de la adopción de la Directiva (por ejemplo, se aumenta su energía eléctrica, las funciones que realizan son más numerosas, las tecnologías para su producción y funcionamiento son más complejas), y que todas estas y otras tendencias persistirán en los próximos años y décadas. Por lo tanto, se puede suponer que la necesidad de minimizar el impacto negativo de los residuos de las pilas y baterías, con el objetivo de preservar y proteger la calidad del medio ambiente, continuará siendo relevante en un futuro próximo.
    • La evaluación valorará si los usos actualmente más frecuentes de las baterías y los requisitos técnicos posteriores se toman debidamente en cuenta por la Directiva. Así, serán evaluados los componentes actuales y futuros, los principales flujos de materiales para la fabricación de baterías, el tratamiento y reciclado de las mismas, las principales tecnologías que se utilizan, así como las características de diseño previstas para que las piezas puedan ser extraíbles, intercambiables, reparables, y tengan aptitud para un segundo uso para comprobar si lo que establece actualmente la Directiva resulta suficiente. Los flujos emergentes de producción de pilas y acumuladores así como de los residuos correspondientes (pilas a base de, por ejemplo, de iones de litio, pilas impresas u orgánicas, etc) también se incluirán en la evaluación.
    • Se abordarán nuevos enfoques en relación con la reutilización, el reciclado o recuperación de baterías usadas. Otros cambios que se consideran están relacionados con la posibilidad de desarrollar sistemas de gestión de los residuos resultantes de determinados de residuos de baterías.
  • La eficacia de la Directiva será evaluada en función del cumplimiento de los Estados miembros en la aplicación de sus disposiciones principales, así como los resultados, medidos en términos de recogida y reciclaje. En particular, se prestará atención a los casos en que los Estados miembros no llegan a los niveles (eficacia) de recogida y reciclado establecidos por la Directiva, y la identificación de las causas relacionadas. La adecuación de la Directiva en su forma actual debe permitir el aumento de las tasas de recogida, el nivel de reciclaje y la eficacia de reciclaje por lo que su efectividad también tendrá que ser evaluada.

Además, la eficacia de la Directiva tendrá que ser examinada respecto a consideraciones más amplias, es decir, si la Directiva:

    • trata de manera adecuada el impacto de la producción y el uso de baterías en Europa sobre el medio ambiente y la salud;
    • es compatible con el buen funcionamiento del mercado interior de productos y servicios pertinentes;
    • fomenta la innovación y las inversiones y promueve el empleo y el crecimiento inteligente;
    • mejora la contribución del sector a la utilización eficiente de los recursos (incluyendo los críticos) dentro del marco de  la economía circular, 10;
    • contribuye a la transición hacia el transporte y la economía de descarbonización europea;
    • asegura a los intereses de los usuarios finales y de los consumidores.
  • La eficiencia de la Directiva será evaluada considerando los vínculos económicos entre el ciclo de vida de las baterías y la aplicación de las disposiciones pertinentes de la Directiva.

Con el fin de establecer el impacto económico de las obligaciones de la Directiva, se estudiarán:

    • los costes y beneficios para los operadores derivados de la aplicación de la Directiva, incluido el impacto en las PYME;
    • el impacto de las disposiciones en la Directiva sobre la competitividad de la industria de las baterías dentro de la UE;
    • cómo el principio de quien contamina paga, aplicado como responsabilidad ampliada del productor, afecta a los diversos operadores implicados (productores, distribuidores, usuarios finales, recolectores y recicladores).
  • La coherencia y consistencia de la Directiva, analizándose los vínculos y las interacciones de la Directiva. En particular, la Directiva marco sobre residuos, la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y RAEE, la Directiva sobre vehículos al final de su vida útil, el Reglamento relativo al traslado de residuos, la Decisión 2000/532/CE relativa al listado de residuos y el Reglamento sobre evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas (REACH). Igualmente, se evaluará la integridad y la coherencia interna de la Directiva, en términos de, por ejemplo, el sistema de baterías de clasificación utilizado, la claridad y la exhaustividad de las definiciones, etc.
  • El valor añadido europeo de la Directiva, que será evaluado mediante la comparación de lo que se ha alcanzado a través de la aplicación de la Directiva, con lo que podría haber sido alcanzado por los Estados miembros que actúen a nivel nacional, regional e internacional por sí solos. Se evaluará además si los temas abordados por la Directiva siguen exigiendo una acción a nivel de la UE, en razón de la naturaleza de los problemas o de otros instrumentos adecuados para hacer frente a ellos.

También se evaluará las barreras administrativas o técnicas relacionadas con la fabricación, la producción, la comercialización y el uso de baterías y el envío de los residuos de pilas.

El proceso de consulta a los públicos de interés en relación a esta hoja de ruta será anunciado a través de la página web de la Comisión Europea y estará abierta durante 12 semanas. Además, la evaluación también incluirá entrevistas con entidades relevantes del sector como, por ejemplo, representantes europeos de organizaciones de consumidores y usuarios finales, industriales, productores, gestores de recogida y recicladores de pilas y acumuladores.

Pueden consultar la hoja de ruta completa en este enlace.

Deje una respuesta

Queremos saber si no eres un bot *