La CNMC recomienda incluir en el Real Decreto sobre gestión de NFU los objetivos de preparación para reutilización, reciclaje y valorización energética, así como la posibilidad de que los productores puedan participar a la vez en varios sistemas colectivos para la gestión de estos residuos.

Neumáticos fuera de uso

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el proyecto normativo (PRD) sobre los neumáticos y la gestión de sus residuos (IPN/CNMC/029/23). Los neumáticos fuera de uso (NFU) son aquellos neumáticos que se han convertido en residuos, es decir, que han sido desechados. La gestión de este tipo de residuo se regula por una normativa de 2005 que ahora se actualiza y se adapta a la Directiva UE sobre residuos de 2018 y a la Ley nacional de residuos y suelos contaminados de 2022.

La responsabilidad ampliada del productor (RAP) es una figura cuyo objetivo es minimizar los efectos que las actividades comerciales e industriales producen en el medioambiente. Mediante la RAP se traspasa a los fabricantes el coste de la recolección y tratamiento de los residuos que generarán los productos que ponen en el mercado.

Los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) son organizaciones sin ánimo de lucro que gestionan los residuos.

Análisis de la CNMC

La CNMC valora positivamente algunos elementos relativos a los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) como la autorización única en todo el territorio nacional, la posibilidad de cambiarse a otro en cualquier momento del año o las previsiones para prevenir potenciales intercambios de información entre productores.

Sin embargo, la el organismo de competencia también realiza las siguientes recomendaciones:

  • Incluir los objetivos de preparación para reutilización, reciclaje y valorización energética, así como los plazos para su cumplimiento.
  • Considerar la posibilidad para un productor de participar en varios sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor a la vez.
  • Justificar el umbral establecido para obligar a las empresas a contar con un plan empresarial de prevención y ecodiseño.
  • Valorar establecer la validez indefinida de las autorizaciones de SCRAP, con especial atención a que las potenciales especificaciones autonómicas no limiten injustificadamente el mercado nacional.
  • Fijar con precisión el contenido de los convenios con las administraciones públicas para no introducir prestaciones propias de los contratos, así como reforzar las obligaciones de publicación.
  • Respetar la normativa de competencia por los integrantes de los SCRAP y por terceros operadores durante los intercambios de información.

Este informe se ha emitido a solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

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