Solo con escanear el código de barras de los productos, Scan4Chem mostrará si llevan en su composición alguna de las 224 sustancias consideradas oficialmente como altamente preocupantes.

Una app informa sobre la presencia de sustancias tóxicas en los productos

Una nueva aplicación gratuita para teléfonos móviles permitirá a los consumidores saber si en los productos que compran -como ropa, menaje de cocina, electrodomésticos, muebles o juguetes, entre otros- puede haber presencia de algunas de las 224 sustancias tóxicas que se consideran oficialmente como altamente preocupantes.

La app, denominada Scan4Chem3 y desarrollada en el marco del proyecto europeo AskReach, permitirá acceder a dicha información escaneando el código de barras de los productos, siempre las empresas hayan aportado esa información a la base de datos. En caso de no ser así, la aplicación facilita que en ese momento el consumidor pueda remitir automáticamente una petición reclamando dicha información. Las empresas están obligadas por ley a suministrarla en un plazo de 45 días.

Carlos de Prada, responsable de la iniciativa Hogar sin tóxicos, que lleva años trabajando para concienciar sobre la necesidad de reducir la exposición cotidiana a sustancias perjudiciales, cree que este proyecto “podría ayudar a que se cumpla un poco más el derecho que los consumidores deben tener a saber a qué sustancias tóxicas se exponen en muchos productos”. Un derecho que “hasta ahora no ha venido siendo respetado, la gente compra productos sin ser informada debidamente de si contienen o no sustancias peligrosas”.

Prada añade que “en cualquier caso, está por ver cómo se materializa el proyecto, ya que muchas empresas, aunque la ley les obligue, pueden no estar demasiado interesadas en proporcionar sin más esos datos”. Por ello considera clave “que un alto número de consumidores utilicen la aplicación para enviar solicitudes de información a las empresas, algo que puede servir como elemento de presión para que cumpla con la normativa”.

Participación española

En el proyecto AskReach participan de forma directa 20 organizaciones, además de otras 18 entidades colaboradoras, pertenecientes a 19 países de la UE, que representan a instituciones oficiales, centros de investigación y diferentes organizaciones ambientales y de consumidores. En España, el proyecto es coordinado por la Fundación Vida Sostenible.

Laura González, una de las coordinadoras del proyecto, indica que “AskReach pretende que mejore el flujo de información entre las empresas y los consumidores acerca de las sustancias tóxicas presentes en los productos, por una parte sensibilizando a la ciudadanía al mismo tiempo que ejercemos presión sobre las empresas”.

Según el Reglamento de la UE sobre productos químicos (REACH), los fabricantes están obligados a informar a los consumidores si un producto contiene sustancias altamente preocupantes por encima de una concentración del 0,1 %.

Ropa y artículos del hogar sí, alimentos no

Los productos sobre los que se podría usar la app serían productos como ropa, textiles, accesorios, menaje de cocina, electrodomésticos y electrónica, artículos del hogar, material deportivo, muebles y material de construcción, juguetes y productos de bebé, automóviles, envases y embalajes. Otros productos como alimentos o cosméticos quedan fuera.

Las sustancias altamente preocupantes (SVHC, por sus siglas en inglés) son aquellas asociadas a una serie de posibles efectos dañinos. Por ejemplo, las que pueden ser cancerígenas o provocar mutaciones genéticas, pero también las que son persistentes en el organismo, las tóxicas para la reproducción o las disruptoras endocrinas (es decir, las que son capaces de causar alteraciones hormonales a muy bajas concentraciones).

No obstante, como apunta Carlos de Prada, “aun en el caso de que según se vaya avanzando en el desarrollo de la herramienta y más y más empresas suministren información fiable sobre esas 224 sustancias para todos los productos, el consumidor debe estar advertido de que ello no implica que no puedan contener otras sustancias perjudiciales que, aunque no estén incluidas en los listados oficiales, deberían estarlo”.

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