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Andoni Uriarte Pérez

Director general de Iparplast, director técnico de Recircula y expresidente y fundador de ASERPET – Asociación Española de Recicladores de PET

El ecodiseño debiera ser una herramienta que haga realidad el principio de “quien contamina paga”, ya que todos los productos puestos en el mercado no tienen el mismo impacto ambiental ni el mismo coste de tratamiento en su gestión posterior.

Vivimos tiempos de cambio en la forma de comprender cómo nuestras acciones impactan en el medio ambiente y qué debemos implementar en los diferentes procesos (consumo, doméstico, industrial…) para minimizar ese impacto.

Marcas comerciales que ya desde hace algún tiempo, publicitan sus “ecologros”, sin que absolutamente ningún organismo, con la imparcialidad debida, pueda certificarlos, se han convertido en el pan nuestro de cada día en todos los medios de comunicación, donde lo que importa es seguir generando valor de marca, aunque sea a costa de publicitar cartas de intenciones vacías de contenido, pero que se suman a la transición ecológica como moda de actualidad.

Acciones como esta, que rozan el engaño al consumidor, poniendo de parapeto el medio ambiente, han hecho que la oficina de competencia Canadiense imponga a la compañía Keuring K-cup una multa de tres millones de dólares por afirmaciones falsas ó engañosas sobre la reciclabilidad de sus cápsulas de café, obligándola además a donar 800.000 dólares a una organización ambiental y a la pertinente rectificación de su mensaje tanto en redes sociales como en el resto de medios de comunicación.

Esta es una forma indebida de contribución a la minimización del impacto ambiental de productos y servicios, utilizando de forma torticera y nada transparente o engañosa, criterios de ecodiseño con el objetivo de mejorar la imagen de marca y su responsabilidad social corporativa.

De esta forma, se define ecodiseño como la metodología de diseño, que integra los aspectos ambientales en los procesos, con la finalidad de reducir el impacto ambiental del producto o el servicio generado, contribuyendo de esta forma a su gestión ulterior.

Es, por tanto, una herramienta perfecta de modulación sobre la aportación financiera de los productores de productos a su sistema de responsabilidad ampliada (RAP), obligatorio por ley.

DEFINICIONES

Veamos cómo es definido este mismo concepto a través de una norma estandarizada internacional tal y como es la ISO y cómo lo hace el nuevo Proyecto de Real Decreto de envases y residuos de envases:

ISO 14006:2011 punto 3.2

  • Ecodiseño: Integración de aspectos ambientales en el diseño y desarrollo del producto con el objetivo de reducir los impactos ambientales adversos a lo largo del ciclo de vida de un producto.

Proyecto de Real Decreto de envases y residuos de envases, capítulo I, articulo 3

  • Ecodiseño: Diseño del envase teniendo en cuenta criterios ambientales como, entre otros, la reducción en peso o volumen, la sustitución de materiales o sustancias peligrosas por otros menos peligrosos, la mejora de sus características de cara a su reutilización, el incremento de la reciclabilidad de los envases cuando se conviertan en residuos y el mayor o mejor uso de materiales obtenidos a partir del reciclado de residuos de envases.

En el primero de los casos, comprobamos que el ecodiseño se encuentra ligado al ciclo de vida de los productos y servicios, mientras que en el segundo, incluso específicamente, se liga a conceptos tan concretos como la reducción de peso o formatos de volumen.

El ecodiseño debiera ser una herramienta que haga realidad el principio de la RAP “el que contamina paga”, ya que todos los productos puestos en el mercado por sus productores ni tienen el mismo impacto ambiental, ni el mismo coste de tratamiento en su gestión posterior, debiendo ser por tanto “pieza clave” para abordar la gestión de los residuos.

¿Es entonces verdadero ecodiseño sólo la reducción del peso de los envases? No lo es, esta es una medida de mejora y equilibrio económico, donde los productores en el periodo 2018-2019 se ahorraron unas 78.400 toneladas, ya que el hecho en sí de disminuir el peso de los envases no hace que su gestión posterior mejore.

Además, el hecho de que en los planes de prevención empresarial se utilice tanto esta medida, indica claramente que muchos productores sobreenvasan, generando lo que en el Real Decreto de envases es definido como “envase superfluo” que debiera ser evitado, por lo que esta medida no debiera ser bonificable sino exigible.

Eslóganes, que confunden y engañan al consumidor, tales como: “Reutilizamos, cada año, millones de botellas de plástico para fabricar textiles.” Es decir, consumimos un recurso, como lo son las botellas de plástico PET que se utilizan como materia prima secundaria de valor para fabricar textiles haciendo que el recurso acabe enterrado 0 incinerado, al no tener este sector ni tan siquiera responsabilidad ampliada del productor en la actualidad.

Un recurso que se encuentra dentro de la economía circular pasando a la economía lineal; realmente, ¿es esto ecodiseño?, ¿sin sostenibilidad ni circularidad?

Veamos en lo que algunas otras industrias están trabajando en materia de ecodiseño:

  • La sustitución del plástico por cartón en el packaging de las latas de cerveza, contribuye a la reducción sobre la cantidad de plástico a tratar, por lo que si el ACV del cartón introducido lo hace más sostenible, constituirá una mejora del sistema y sí será una verdadera medida de ecodiseño.
  • Un envase reutilizable tiene un gramaje superior a uno de un solo uso y sin embargo lo compensa con los diferentes ciclos de retorno que tenga, debiendo informar de ello al consumidor; solo el factor peso no señala una mejora “per se”; con lo que para analizar su sostenibilidad, será necesario la implementación del análisis de ciclo de vida (ACV) y la posterior realización de una comparativa de sus resultados entre ambos envases.

Por lo que se puede concluir que “el ACV será el análisis que ponga en valor las medidas de ecodiseño que se implementen, y debiera actuar como elemento de verificación”.

ECODISEÑO

  • Interconexión: Hasta ahora el ecodiseño ha sido asociado mayoritaria y casi exclusivamente al reciclaje, aunque debiera de estar ligado irreversiblemente con la jerarquía global de residuos, debiendo ser asociado con todas aquellas medidas donde se mejore y fomente la prevención, reparación o la reutilización, aspectos donde la bonificación obtenida debiera ser superior que para el reciclaje.
  • Costes: El ecodiseño puede hacer que los costes de gestión posteriores de un producto se abaraten, y con ello, todo el sistema.
  • Quién debe ecodiseñar: los productores de productos y/o servicios.
  • Bajo qué premisas: acordadas con los órganos competentes en materia ambiental en cada CCAA y el MITERD.
  • Su cumplimiento: tutelado por las Administraciones.

Para ello, es conveniente que en la declaración de envases de los productores de productos incluida en la nueva sección de envases del registro de productores, se detalle la bonificación obtenida por producto como consecuencia de ecodiseñar, pudiendo la administración controlar su cumplimiento, al estar facultada a caracterizar los residuos en el circuito municipal.

ALGUNOS DATOS

Después de más de 25 años de gestión de residuos, diseñar envases con material reciclado y más fácilmente reciclables cobra fuerza entre las compañías, suponiendo ya una de cada cuatro medidas implantadas en los planes de prevención de las empresas, lo que nos debe hacer reflexionar si podemos continuar con este ritmo tan lento en la época actual de emergencia climática en la que nos encontramos.

En los dos últimos años, tan solo el 18 % de las empresas españolas han implementado medidas de ecodiseño tendentes a reducir el uso de plásticos y otros tipos de materiales en la producción de los envases, lo que indica que queda mucho por hacer.

EL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS EN UN MODELO DE RAP TOTAL COMIENZA POR EL ECODISEÑO PARA SEGUIDAMENTE MODULAR LA CONTRIBUCIÓN FINANCIERA.

Un modelo de gestión de residuos que cubra el coste total de gestión y que posibilite el cumplimiento por fracciones de los diferentes flujos de materiales, solo será posible si comprendemos que para una responsabilidad ampliada del productor más justa, se ha de modular en base a criterios técnicos adecuados, tutelados por la administración y con el ecodiseño como proceso regulatorio de financiación del sistema de responsabilidad ampliada del productor.

Por último se debe recordar que la demanda por parte de una sociedad civil cada vez más avanzada, verde, consciente y preocupada por el impacto ambiental y la forma de consumir, es la que debe enviar un claro mensaje haciendo que la situación actual se module y cambie; para ello, se presentaron más de 200 alegaciones al documento de Real Decreto de envases y residuos de envases, lo que señala lo trascendental del documento.

Este cambio sólo será posible a través de las alianzas, tal y como nos señalan los objetivos de desarrollo sostenible, especialmente el ODS 17.

El MITERD tiene la oportunidad de impulsar el cambio de paradigma del ecodiseño, mediante el Real Decreto de envases, para lo cual será necesario implementar mejoras en la versión que ha salido a participación pública.

Ahora más que nunca, el cambio es posible y necesario.

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