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El conseller de Medi Ambient i Territori, Miquel Mir, votó ayer en contra del reparto de estas subvenciones en materia de residuos por no tener en cuenta la insularidad.

Baleares rechaza el reparto de ayudas del PIMA Residuos
El conseller Miquel Mir participó por vía telemática en la conferencia sectorial de Medio Ambiente

El conseller de Medi Ambient i Territori del Govern balear, Miquel Mir, voto ayer en contra del reparto de las ayudas estatales en materia de residuos del Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA), al considerar que este no tiene en cuenta la insularidad. Este fue el primer punto del orden del día del pleno de la conferencia sectorial de Medio Ambiente, que reúne al Ministerio de Transición Ecológica y las diferentes consejerías autonómicas de Medio Ambiente. Mir recordó que la Dirección General de Residuos y Educación Ambiental de Baleares ya envió alegaciones a los criterios para la distribución de las ayudas.

La controversia reside, según el Govern balear, en el hecho que el Estado da prioridad a las instalaciones que tratan exclusivamente los residuos provenientes de la recogida separada de materia orgánica mientras que relega a una segunda categoría -que generalmente queda excluida de los fondos por falta de financiación- las instalaciones donde, aparte de este tipo de residuos coexisten circuitos de tratamiento de lodos. Este criterio prácticamente excluye cualquier proyecto de las Islas Baleares. Junto con Baleares, Catalunya también ha votado en contra de este punto de la orden del día.

El conseller Mir explicó que el hecho que en las Islas Baleares se haya priorizado este tipo de instalaciones se debe de a la limitación de espacio de un territorio insular como es el archipiélago y a la necesidad, por lo tanto, de optimizar las limitaciones propias territoriales a la vez que se da cumplimiento a los principios de proximidad y autosuficiencia. «Entendemos que esta optimización supone un beneficio económico, ambiental y territorial», aseguró Mir.

Las alegaciones presentadas por la Conselleria concluyen que este criterio supone un agravio comparativo hacia la comunidad autónoma cuando el objetivo de tratar separadamente la materia orgánica ya se está cumpliendo.

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