El Comité de Expertos del RID ha aprobado la propuesta de la FEAD para la adopción de disposiciones armonizadas y generales a nivel internacional en relación con el transporte de residuos peligrosos por ferrocarril.
El grupo de trabajo permanente del Comité de Expertos del RID -el reglamento internacional para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril- aprobó la semana pasada la propuesta de la asociación europea de gestores de residuos (FEAD) para transportar determinados residuos contenidos en diferentes embalajes individuales (interiores) empaquetados juntos en un único recipiente exterior (embalaje exterior) a partir de 2025. Esto se produce después de que la misma propuesta ya fuera aprobada a principios de noviembre de 2023 por el Grupo de Trabajo sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas de la CEPE (WP.15/AC.1), tras más de dos años de debates en el seno de ambas entidades y entre ellas.
Según Claudia Mensi, presidenta de la FEAD, «se trata de un logro importante para la FEAD, ya que proporciona a nuestras empresas las normas necesarias para operar de forma segura y conforme a la normativa. Seguiremos trabajando duro para que la normativa sobre mercancías peligrosas sea plenamente aplicable al sector de los residuos».
En general, con la excepción de los residuos clínicos, los residuos peligrosos se clasifican con los mismos criterios de clasificación que otras sustancias en los acuerdos internacionales sobre transporte de mercancías peligrosas (por ejemplo, RID y ADR). Esto significa que los residuos peligrosos también pueden considerarse mercancías peligrosas y que la normativa sobre mercancías peligrosas en el transporte se aplica al sector de la gestión de residuos. Esta normativa se elaboró para garantizar la seguridad durante la carga, descarga y transporte de mercancías peligrosas, productos, con fines comerciales.
Sin embargo, no tenían en cuenta que esos mismos productos también deben transportarse al final de su vida útil a una instalación de tratamiento adecuada como residuo. Una vez convertidos en residuos, las condiciones que rodean a las mercancías peligrosas, los productos, ya no son las mismas, y esto hacía que algunas normas originales fueran inaplicables a la industria de gestión de residuos, creando enormes retos e inseguridad jurídica al sector.
Para hacer frente a esta situación, la FEAD fue nombrada en 2005 parte interesada reconocida por la Reunión Conjunta del Comité de Expertos del RID y el Grupo de Trabajo sobre Transporte de Mercancías Peligrosas (en adelante, Reunión Conjunta). Desde esa fecha, la asociación ha participado activamente en el desarrollo de «normas sobre residuos» específicas en el RID y el ADR -el relativo al transporte por carretera-, no sólo sobre los requisitos de embalaje, sino también sobre su clasificación, o sobre los requisitos de información en los documentos de transporte, entre muchos otros. Para ello, en la Reunión Conjunta de 2018 se creó un grupo de trabajo específico de países interesados, partes de los acuerdos internacionales, bajo la coordinación de la FEAD.
Cuando hablamos de mercancías peligrosas, podemos pensar en una serie de productos diferentes que se utilizan a diario en los hogares y las industrias, incluidas pinturas, disolventes, residuos mezclados de procesos de producción o incluso cajas de cerillas. Como productos nuevos, estas mercancías se embalan para su transporte en una posición muy específica, con un embalaje combinado específicamente probado y certificado para este fin, y evitando mezclas reactivas, entre otras muchas disposiciones técnicas. Al mismo tiempo, para envasar, por ejemplo, mercancías peligrosas líquidas en embalajes de plástico, hay que conocer la composición exacta de la mercancía para garantizar y realizar las pruebas de compatibilidad química requeridas.
Sin embargo, cuando estos productos llegan al final de su vida útil, lo que se encuentran los operadores de gestión de residuos es una gran variedad de residuos diferentes que hay que clasificar y embalar para su transporte. Los envases originales pueden estar dañados, haber desaparecido, o las sustancias pueden haber sido reenvasadas, con lo que la información requerida desaparece o no es fiable. Entonces ocurre que puede desconocerse la composición exacta de los residuos y que no pueden recrearse las condiciones originales de combinación de los envases.
A falta de normas fácilmente viables en los acuerdos internacionales, y para responder a las peticiones de la industria, algunos países ya habían desarrollado normas nacionales específicas, que fueron tomadas por la FEAD como base para proponer disposiciones armonizadas y generales a nivel internacional.
La FEAD ha trabajado en unas normas que clarifican la situación a la que se enfrenta la gestión de residuos, sin aumentar el nivel de riesgo actual, y respaldadas por los conocimientos y la práctica adquiridos por el sector en los últimos 20 años en distintos países.
Si bien las normas pueden adaptarse (temporalmente) a las necesidades nacionales, su inclusión en el RID y el ADR a partir de 2025 garantiza una igualdad de condiciones básica y permanente y proporciona la seguridad jurídica necesaria al sector para operar, donde hasta ahora no existían normas de ningún tipo.