El Gobierno da luz verde a la nueva legislación sobre vehículos al final de su vida útil, que por primera vez incluye objetivos específicos de preparación para la reutilización de piezas y componentes.

El gobierno aprueba el nuevo RD de vehículos al final de su vida útil

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto sobre los vehículos al final de su vida útil, a propuesta de los Ministerios de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente; de Economía, Industria y Competitividad, y del Interior.

Los vehículos de motor que han llegado al final de su vida útil y cuyo uso ya no es adecuado generan millones de toneladas de residuos. Para reducir al mínimo las repercusiones sobre el medio ambiente y asegurar una mejor recuperación de los materiales, la legislación europea estipula la manera en que deben diseñarse los nuevos vehículos y cómo deben recogerse y tratarse estos residuos. Se trata de la Directiva relativa a los vehículos al final de su vida útil, que se transpuso a nuestro ordenamiento mediante el Real Decreto 1383/2002, que ahora se sustituye.

ADAPTACIÓN A LA LEY DE RESIDUOS

Mediante este nuevo real decreto se adapta la regulación de los vehículos al final de su vida útil a la Ley de residuos y suelos contaminados, en especial a aspectos como incluir la “preparación para la reutilización”, que comprende las operaciones de comprobación, limpieza o reparación mediante las cuales los componentes de los vehículos que se hayan convertido en residuos se preparan para que puedan reutilizarse.

Así, el real decreto introduce también, por primera vez, objetivos específicos con porcentajes de preparación para la reutilización, en línea con el concepto de la economía circular.

Para fomentar la reutilización, además, el real decreto establece un proceso que obliga a que todos los vehículos al final de su vida útil se traten primero en un Centro Autorizado de Transformación, donde se descontaminan y se separan las piezas que pueden ser reutilizadas. Además, el establecimiento de objetivos mínimos de preparación para la reutilización otorga instrumentos a las administraciones públicas para conocer la cantidad de piezas que se comercializan en el mercado de segunda mano.

Igualmente, se establecen las previsiones relativas a la responsabilidad ampliada del productor del vehículo, contempladas en la Ley de residuos, para dar cumplimiento a las obligaciones de los fabricantes e importadores de organizar la recogida y gestión de los vehículos al final de su vida útil y, cuando resulte necesario, la financiación de esa recogida y del tratamiento de los residuos generados por ellos.

Por otra parte, la clarificación de la cadena de tratamiento del vehículo permitirá combatir más eficazmente el desguace ilegal.

MEJORA DE LA INFORMACIÓN

Los productores deben presentar, asimismo, un informe anual sobre la puesta en el mercado de vehículos y los residuos generados, recogidos y tratados procedentes de estos vehículos.

Además, los gestores de residuos que realicen operaciones de tratamiento de vehículos al final de su vida útil presentarán una memoria anual relativa a todos los residuos que gestionen.

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