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Juan Ignacio Xiberta

Life Abogados

Si tal y como establece el anteproyecto de la nueva Ley de Residuos, en un año y medio se ha de realizar un inventario de emplazamientos con amianto y definir un calendario para planificar su retirada, parece claro que se avista un problema grave.

Tres noticias

Este escrito ha nacido de la conjunción de tres informaciones a las que he tenido acceso en los últimos días:

La primera de ellas es una noticia aparecida en el Diari de Girona del día 4 de abril de 2021, en relación a la denuncia formulada contra una persona a la que se acusa de haber realizado nueve vertidos de fibrocemento en bosques de la provincia de Girona.

La segunda se refiere a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 30 de septiembre de 2020 que validaba como mejor opción ambiental el encapsulado sobre el terreno del fibrocemento que una fabrica había vertido durante años en unas parcelas en lugar de ordenar su retirada y correcta gestión. Ciertamente se trataba de un tema complejo y de una cuantía absolutamente inabordable para los propietarios de los terrenos que los habían adquirido ya contaminados. Un tema complejo ciertamente. En síntesis, lo que ha ocurrido es que el tema se ha tratado como un problema de suelos contaminados y no como de gestión inadecuada de residuos. En cualquier caso, lo que es un hecho es que el fibrocemento se va a quedar, a priori con garantías ambientales, en el subsuelo de esas fincas. Más allá de las consideraciones ambientales, convendrán conmigo que su valor ha caído en picado.

La tercera, es el borrador del proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados que se debería aprobar antes de verano. La disposición adicional 14ª establece lo siguiente:

“Instalaciones y emplazamientos con amianto.

Antes del 1 de enero de 2023, los ayuntamientos elaborarán un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Dicho censo, que tendrá carácter público, será remitido a las autoridades sanitarias y medioambientales competentes de las comunidades autónomas, las cuales deberán inspeccionar para verificar, respectivamente, que se han retirado y enviado a gestor autorizado”.

¿Temores fundados?

En España hay instalados millones de metros cuadrados de cubiertas de fibrocemento, además de millones de metros de tuberías y otras instalaciones del mismo material. No puedo dar cifras concretas y ni siquiera creo que sea necesario (si quieren hacerse una idea entreténgase en “googlear” un poco sobre el tema). Por poco que nos fijemos constatamos que no hay lugar (polígono, empresa, domicilio particular o naves agrícolas o industriales) en donde no haya alguna estructura de este material. Es una evidencia fácilmente constatable.

El coste de su retirada y correcto tratamiento como residuo peligroso es muy elevado. ¡Mucho! Tanto que un altísimo porcentaje de las empresas y aún más de los particulares no pueden afrontar ese gasto.

Si en un año y medio se ha de realizar el inventario que establece como obligatorio la nueva Ley de Residuos y en él se va a incluir un calendario para planificar su retirada, parece claro que se avista un problema grave.

Primero, está por ver el grado de cumplimiento de los municipios. No sólo Castilla es ancha. España es enorme y los medios humanos y económicos muy escasos, especialmente en los municipios menos poblados que, a su vez, son muy extensos.

En segundo lugar, la realidad social. En los pequeños municipios, que son miles, esta medida va a ser tremendamente impopular y todos estarán afectados. Es decir, hay un incentivo para buscar “otras soluciones”.

Me pregunto si esta previsión normativa va a provocar un “enterramiento masivo” de “uralita” en los campos de España antes de que se empiecen a elaborar los referidos censos, y me pregunto también si el legislador ha previsto la alarma que va a generar la previsión de proceder a su retirada obligatoria.

También me pregunto si el “calendario de retirada” pospondrá sine die la obligación con previsiones del tipo “en el momento de la demolición” o fórmulas similares, lo que de facto vaciaría de contenido la previsión que busca avanzar hacia la retirada total de este material.

Lo que tengo claro es que si fuera propietario de una finca estaría preocupado. Un suelo contaminado con fibrocemento ve reducido, en mucho, su valor.

Además, el fibrocemento no lleva nombre y apellidos y, por tanto, mientras el censo no esté elaborado y sea completo y veraz, será muy difícil identificar a los responsables de eventuales vertidos ilegales. Ello implica, según establece la ley de residuos y suelos contaminados, que el obligado a la descontaminación sea el propietario del terreno.

A la vista de lo expuesto lanzo la pregunta: ¿Esta norma va a generar un problema ambiental de enjundia? No soy optimista. Deseo equivocarme.

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5 Responses to “La obligación de retirar las instalaciones de fibrocemento. ¿Está generando la nueva Ley de Residuos un problema ambiental potencialmente grave?”

  1. Gregorio, Responder

    El propietario del edificio es Fomento. Pero fue vendiendo un 40 por ciento de las viviendas a particulates el resto son arrendados a quien corresponde los gastos de retirar el tejado y las bajantes de uralita que en su dia fueron instalados y ahora estamos soportando las goteras y demas despecfectos por la mala calidad de los materiales. Todos los vecinos somos familias de mas de 65 años y de una economia muy baja. Saludos.

  2. retirada de amianto, Responder

    Sea como sea aún tenemos mucho que hacer para eliminar todos estos vertidos tan contaminantes de nuestro entorno. La ley debería amparar de una forma mucho más efectiva su retirada, que por unas cosas o por otras, termina dando dolores de cabeza y problemas, y es una pena…me ha gustado mucho todo el análisis que has hecho sobre este tipo de residuos y su regulación ante la ley…Buen post

  3. retirada de amianto, Responder

    Sea como sea aún tenemos mucho que hacer para eliminar todos estos vertidos tan contaminantes de nuestro entorno. La ley debería amparar de una forma mucho más efectiva su retirada, que por unas cosas o por otras, termina dando dolores de cabeza y problemas, y es una pena…me ha gustado mucho todo el análisis que has hecho sobre este tipo de residuos y su regulación ante la ley…Buen post

  4. Retirada de uralita, Responder

    Si se retiran las instalaciones de fibrocemento correctamente respetando las medidas necesarias y protegiendo la zona puede causar un problema bastante leve. El problema es que la uralita es extremadamente toxica tanto para el medio ambiente como para el ser humano y al haber tantas construcciones con uralita, tarde o temprano habrá que retirarlas ya que la situación podría empeorar si se descuidan estos tejados.

  5. retirada de amianto madrid, Responder

    Una reflexión muy interesante y sin duda de lo que hay que hablar para que el medio ambiente no se vea perjudicado. La verdad es que este es un motivo más por el que es tan importante acudir a profesionales que se encarguen tanto de su retirada como de la gestión de residuos posterior.

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