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En esta actualización quedan recogidos seis nuevos contaminantes, quedando incluidos por tanto todos los COP incorporados al Convenio o al Reglamento hasta mayo de 2017.

Actualizado el PNA sobre el convenio de Estocolmo y el reglamento sobre COP

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, acordó el pasado viernes la actualización del Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y del Reglamento (CE) 850/2004 sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP). Los COP son sustancias químicas que reúnen al mismo tiempo cuatro características: son altamente tóxicos, muy persistentes, bioacumulables y, además, pueden ser transportados a largas distancias. La combinación de estas cuatro características hace que estos contaminantes sean capaces de producir efectos negativos a niveles muy bajos, lo que les convierte, de entre todos los productos químicos artificiales, en los más peligrosos, representando un problema a escala global.

En esta actualización quedan recogidos seis nuevos contaminantes, quedando incluidos por tanto todos los COP incorporados al Convenio o al Reglamento hasta mayo de 2017. El plan se remitirá ahora a la Comisión Europea y a la Secretaría del Convenio de Estocolmo.

La capacidad de producción química mundial, sin incluir los productos farmacéuticos, se cifra en 2.300 millones de toneladas en el año 2017 y se estima que esta cifra se duplicará para 2030. A pesar de las medidas adoptadas para maximizar los beneficios y minimizar los impactos, las sustancias químicas sintéticas continúan siendo liberadas al medio ambiente en cantidades considerables y por ello, están presentes en aire, agua, suelo, alimentos, artículos, productos y residuos y, también, en los seres humanos.

Estudios de la Organización Mundial de la Salud estiman que la contaminación química se cobró la vida de 1,6 millones de personas en 2016. La contaminación química es una de las principales responsables de la pérdida de biodiversidad, produce alteración de los ecosistemas y amenaza una amplia gama de servicios de los ecosistemas, como es el caso de la disminución del número de polinizadores o la presión negativa sobre los arrecifes de coral.

El Convenio de Estocolmo sobre COP, negociado en el marco del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), entró en vigor en 2004 y a día de hoy está ratificado por 183 países, entre ellos España donde entró en vigor el 26 de agosto de 2004. Este Convenio internacional tiene por objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente frente a estos contaminantes y para ello, establece medidas a lo largo de todo su ciclo de vida para lograr su eliminación y cuando esto no sea posible, su minimización.

COMPUESTOS QUÍMICOS ARTIFICIALES

La mayoría de los COP son compuestos químicos artificiales que han sido producidos intencionalmente por tener propiedades muy eficaces para determinados usos, como plaguicidas en agricultura, o en usos industriales muy diversos debido a su eficacia como aislantes o como retardantes de llama para equipos eléctricos, polímeros y fibras, tratamientos de superficie, etc..

Para estos COP producidos intencionalmente, el Convenio prescribe la prohibición de su producción, uso y comercialización y la eliminación segura de las existencias y residuos que los contengan. Por tanto, esos COP intencionales han sido eliminados y sustituidos por sustancias alternativas que puedan cumplir su funcionalidad y sean menos o nada peligrosas o por alternativas no químicas.

Otro grupo de COP, se forman y se liberan de manera no intencional a partir de procesos térmicos que comprenden materia orgánica y cloro, como resultado de combustión incompleta o de reacciones químicas. Un ejemplo de estos COP no intencionales son las dioxinas. Para estos COP no intencionales el Convenio prescribe la reducción de estas emisiones no intencionales mediante el uso de las mejores técnicas disponibles, manteniendo como objetivo último su eliminación.

Tanto el Convenio (artículo 7) como el Reglamento europeo (artículo 8) establecen la obligación de elaborar y actualizar Planes Nacionales de Aplicación (PNA) para el cumplimiento de las obligaciones en ellos establecidas.

A las 12 sustancias inicialmente recogidas en el Convenio, denominadas “la docena sucia”, se han ido incorporando gradualmente otras que han acreditado tener características COP. Actualmente son 28, algunas de las cuales son familias de hasta cientos de especies químicas que han sido utilizadas en sectores muy diversos.

La presente actualización del PNA incorpora los seis nuevos COP incluidos en el Convenio, que son: el hexabromociclododecano (HBCD); hexaclorobutadieno (HCBD); pentaclorofenol y sus sales y ésteres (PCP); naftalenos policlorados (PCN); decabromodifenil éter y parafinas cloradas de cadena corta (PCCC), todos ellos de producción intencional, aunque HCBD y PCN se pueden generar también de manera no intencional.

El Plan Nacional de Aplicación tiene como objetivos identificar los problemas asociados a los COP, abarcando todo su ciclo de vida, diagnosticar su realidad en España y definir medidas encaminadas a lograr su eliminación y, cuando esto no sea posible, la minimización de estos peligrosos contaminantes.

INFORMAR Y SENSIBILIZAR

La estructura y el contenido se ha variado con el fin de reflejar de forma más sencilla y concisa la realidad de los COP en España y que sirva como herramienta para informar y sensibilizar a todas las administraciones y sectores implicados acerca de la necesidad de destinar esfuerzos y recursos suficientes que permitan proteger la salud humana y el medio ambiente frente a estos contaminantes.

En consecuencia, las medidas del plan de aplicación han sido también revisadas y actualizadas con el fin de, en línea con lo establecido en el Convenio, eliminar las emisiones derivadas de la producción y el uso intencional, minimizar las emisiones derivadas de la producción no intencional, desarrollar estrategias para identificar las existencias de productos y artículos en uso que contengan COP y asegurar la gestión ambientalmente racional de los residuos que los contengan. Igualmente, en línea con el Convenio, se plantean medidas sobre vigilancia de las concentraciones de COP y sobre información y sensibilización.

Las líneas de actuación y medidas previstas en el Plan son una actualización de las contempladas en planes anteriores, incluyendo a los nuevos COP, y se llevarán a cabo con la colaboración de los implicados, según el tema específico de la medida: Administraciones Públicas, comunidad científica, organizaciones no gubernamentales sociales, ambientales y de consumidores y sector económico.

De las 32 medidas incluidas en las líneas de actuación, cabe destacar, entre otras, aquellas destinadas a promover el uso de alternativas potenciales para los nuevos COP que se identifiquen; identificar actividades potencialmente generadoras de estas sustancias; mejorar la información sobre flujos de residuos que puedan contener COP; mantener y potenciar los Programas de Vigilancia Ambiental establecidos; así como todas aquellas definidas con el fin de aumentar la información, sensibilización y concienciación sobre estas sustancias contaminantes del público en general y de forma particular a usuarios y trabajadores.

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