El nuevo hito intermedio de la Ley Europea del Clima introduce flexibilidad mediante créditos internacionales, retrasa el ETS2 a 2028 y prevé revisiones bienales del objetivo climático
El Parlamento Europeo ha aprobado un nuevo objetivo climático intermedio que obliga a la Unión Europea a reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en un 90% para 2040 respecto a los niveles de 1990. La medida, que forma parte de la revisión de la Ley Europea del Clima, refuerza la hoja de ruta hacia la neutralidad climática en 2050.
El acuerdo político alcanzado con el Consejo fue respaldado en el pleno por 413 votos a favor, 226 en contra y 12 abstenciones. Con esta modificación, el objetivo de 2040 pasa a ser jurídicamente vinculante para el conjunto de la UE, situándose como un paso intermedio clave entre la meta de reducción del 55% en 2030 y la neutralidad climática a mitad de siglo.
La reforma introduce distintos mecanismos de flexibilidad para facilitar el cumplimiento del objetivo por parte de los Estados miembros. A partir de 2036, hasta cinco puntos porcentuales de la reducción de emisiones podrán lograrse mediante créditos internacionales de carbono de alta calidad procedentes de países socios, un margen superior al inicialmente propuesto por la Comisión Europea. El texto incorpora salvaguardas para evitar la financiación de proyectos contrarios a los intereses estratégicos de la Unión.
Asimismo, se contempla el uso de absorciones permanentes de carbono a nivel interno para compensar emisiones difíciles de reducir dentro del régimen de comercio de derechos de emisión (ETS), junto con una mayor flexibilidad entre sectores e instrumentos. El enfoque busca compatibilizar la transición ecológica con la competitividad industrial y la eficiencia económica.
Otro de los cambios relevantes es el aplazamiento de la entrada en vigor del ETS2, el segundo régimen de comercio de emisiones de la UE, que se retrasa de 2027 a 2028. Este sistema abarcará las emisiones de CO₂ derivadas del uso de combustibles en edificios y transporte por carretera, con implicaciones directas para sectores clave de la gestión energética y ambiental.
La Comisión Europea deberá evaluar cada dos años los avances hacia el objetivo de 2040, teniendo en cuenta la evolución de los datos científicos, el desarrollo tecnológico, los precios de la energía y el impacto económico y social sobre empresas y hogares. También se analizará el nivel de absorciones netas necesario para alcanzar la meta fijada.
Tras estas evaluaciones, la Comisión podrá proponer modificaciones de la Ley del Clima, ya sea para ajustar el objetivo de 2040 o para reforzar el marco de apoyo, con el fin de proteger la competitividad, la prosperidad y la cohesión social en la Unión.
Una vez que el Consejo adopte formalmente el texto, la revisión de la Ley Europea del Clima entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.








