El TSJ de Castilla y León ha estimado el recurso presentado por Ecologistas en Acción contra dos resoluciones de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Según la organización ecologista, las autorizaciones daban luz verde a la planta para incinerar el 70% de los residuos.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado las autorizaciones que la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León otorgó a la empresa Indureco para ampliar las instalaciones de la planta de gestión de residuos ubicada en el polígono industrial de Venta de Baños (Palencia).

En febrero de 2011, la Junta de Castilla y León aprobaba y publicaba en el Bocyl (4 marzo 2011) dos resoluciones por las que se hacían públicas dos órdenes que autorizaban a la empresa Indureco a realizar cambios estructurales en sus instalaciones. La Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León interpuso entonces recurso contencioso administrativo contra estas autorizaciones por vulnerar el procedimiento establecido para la autorización de las modificaciones sustanciales (información pública, informe urbanístico, informes sectoriales, audiencia a los interesados…).

Además, la organización ecologista acusaba a la Junta de omitir la preceptiva evaluación de Impacto Ambiental y no ajustarse a las previsiones del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, promulgado por Decreto 48/2006, de 13 de julio. (que no prevé la nueva instalación de eliminación de residuos peligrosos autorizada, como tampoco prevé las incluidas en la autorización ambiental original, también impugnada).

Según destaca en un comunicado Ecologistas en Acción, “esta nueva sentencia (1618/2014) reconoce que la Junta de Castilla y León pasó por encima del procedimiento establecido a la hora de conceder la Autorización Ambiental y no se ajustó al ordenamiento jurídico, así como reconoce los aspectos demandados por Ecologistas en Acción, declarando nulas las dos Órdenes de febrero de 2011”.

La autorizaciones que han sido declaradas nulas autorizaban la sustitución de las actuales líneas de estabilización y blending, por una nueva línea de destilación rotativa, y además se habilitaba un nuevo proceso de eliminación de residuos peligrosos. Además, ampliaba los residuos objeto de gestión incorporando 18 nuevos tipos de residuos peligrosos, y no se evaluaba el sistema y protocolo necesario para el almacenamiento en seguridad de estos residuos.

“Los nuevos procesos no suponían una mejora en la gestión sino que se autorizaba un cambio estructural en la fábrica, destinando el 70% de los residuos a la eliminación, esto es a la incineración”, asegura Ecologistas en Acción. Y concluye que “esta sentencia es un nuevo varapalo a la política de residuos de la Junta de Castilla y León, por actuar contra su propia normativa y contra los dictados de la normativa Europea”.

Fuente:
Ecologistas en Acción
Foto portada:
Venta de Baños by alfonsobenayas en Flickr (cc)

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