Un borrador de acto de ejecución define por primera vez qué se considera plástico reciclado y establece criterios sobre el origen de los reciclados que podrán computar en los objetivos de la directiva de plásticos de un solo uso.

plástico reciclado
Escamas de plástico reciclado. Foto: RESIDUOS PROFESIONAL

La Comisión Europea ha presentado un borrador de acto de ejecución destinado a concretar cómo debe calcularse el contenido obligatorio de plástico reciclado en el marco de la Directiva de plásticos de un solo uso. El texto introduce novedades relevantes para el sector del reciclaje, entre ellas una definición armonizada de “plástico reciclado” y la incorporación de requisitos temporales de origen europeo para los materiales reciclados que podrán contabilizarse en los objetivos legales.

El proyecto normativo, remitido a los Estados miembros a finales de diciembre para su validación, establece las reglas que determinarán qué reciclados pueden computar en las cuotas obligatorias de contenido reciclado en botellas de bebidas. Este aspecto es considerado clave por la industria, ya que condiciona directamente la demanda de materiales reciclados en el mercado europeo. Un borrador anterior, fechado en julio de 2025, contemplaba la posibilidad de admitir reciclados procedentes de cualquier país.

Entre los elementos incluidos en el nuevo texto figura un sistema de balance de masas para contabilizar los plásticos recuperados mediante reciclaje químico, así como la exigencia de que los reciclados procedan de residuos posconsumo. Además, se introducen disposiciones temporales que restringen el cómputo de reciclados a los producidos dentro de la Unión Europea.

En concreto, el borrador prevé que hasta el 21 de noviembre de 2027 solo puedan contabilizarse reciclados producidos en la UE y procedentes de residuos posconsumo. A partir de esa fecha, se permitiría el uso de reciclados originarios de países de la OCDE, siempre que procedan también de residuos posconsumo y que una evaluación conforme al reglamento de traslados de residuos confirme el cumplimiento de estándares de gestión ambiental adecuados.

Para los reciclados procedentes de países terceros fuera de la OCDE, el texto contempla condiciones más estrictas. Su cómputo quedaría supeditado a la existencia de acuerdos vinculantes que garanticen que el reciclaje se realiza a partir de residuos posconsumo, que se aplican estándares ambientales y sanitarios equivalentes a los de la normativa europea y que el país de origen dispone de un marco integral de gestión de residuos, incluidos sistemas de responsabilidad ampliada del productor y objetivos de reciclaje. Estos mecanismos de salvaguarda, recogidos en la nueva normativa europea sobre envases, deberán desarrollarse antes de finales de 2026.

Desde organizaciones del sector del reciclaje, como la alemana BDE, se señala que estas medidas llegan en un contexto de presión económica para los recicladores europeos, derivada de la competencia de materiales vírgenes baratos y de importaciones de reciclados a bajo coste, cuya trazabilidad y calidad es objeto de debate. En este escenario, algunas organizaciones consideran que el periodo transitorio hasta 2027 puede ofrecer margen para reforzar el mercado interno del reciclaje y desarrollar criterios claros y comparables para los materiales procedentes de terceros países.

«El hecho de que la Comisión establezca ahora, al menos de forma temporal, que solo los materiales reciclados «Made in Europe» pueden contabilizarse para alcanzar las cuotas de uso de materiales reciclados es una ayuda inmediata importante y muy necesaria para el reciclaje de plásticos en Europa», explica Anja Siegesmund, presidenta ejecutiva de la BDE.

El debate sobre el origen de los reciclados, los mecanismos de control y los incentivos económicos asociados al uso de materiales reciclados sigue abierto. El acto de ejecución propuesto será determinante para la aplicación práctica de los objetivos de contenido reciclado en la UE y para la evolución del sector del reciclaje de plásticos en los próximos años.

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